Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Rechazar por cuanto no se cumplió con el requisito formal de la debida argumentación
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de nulidad de la Sentencia SU.405/21.
El Gerente de Defensa Judicial de Colpensiones argumentó la presunta omisión del análisis de asuntos de relevancia constitucional como la naturaleza del Sistema General de Seguridad Social en Pensiones, las competencias de los empleadores, los trabajadores y las administradoras de pensiones y del del imperativo de justicia material e igualdad, entre otros.
De manera indirecta se mencionó el supuesto de extralimitación del precedente jurisprudencial.
La petición de nulidad fue coadyuvada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.
Por no cumplir con el requisito de carga argumentativa, la Corte decidió RECHAZAR la nulidad deprecada.
Concluyó la Sala Plena que, los argumentos propuestos evidenciaron (i) la inconformidad de la entidad con la decisión, especialmente con el análisis probatorio que efectuó la Sala Plena; (ii) la lectura aislada y fragmentada del fallo; (iii) la deducción de conclusiones que no se derivan del tenor literal de la providencia; y (iv) el propósito de introducir nuevos elementos de análisis.
Por lo anterior se consideró que, entrar a estudiar de fondo estos argumentos desnaturalizaría el carácter estrictamente excepcional de la nulidad y desconocería que, bajo ninguna circunstancia, esta puede convertirse en un recurso de instancia judicial.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (23 puntos)
- Primero. RECHAZAR la solicitud de nulidad formulada por el Gerente de Defensa Judicial de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), contra la Sentencia SU-405 de 2021.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, COMUNICAR la presente providencia a las partes, con la advertencia de que contra esta providencia no procede recurso alguno.
- Comuníquese y cúmplase.
- CRISTINA PARDO SCHLESINGER
- Presidenta
- NATALIA ÁNGEL CABO
- Magistrada
- DIANA FAJARDO RIVERA
- Magistrada
- JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
- Magistrado
- ALEJANDRO LINARES CANTILLO
- Magistrado
- ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
- Magistrado
- con aclaración de voto
- PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
- Magistrada
- GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO
- Magistrada
- JOSÉ FERNANDO REYES CUARTAS
- Magistrado
- MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.